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14 preguntas con Paulo Parente Marques Mendes sobre Brazil y el Protocolo de Madrid

1) ¿Cuántas solicitudes de registros de marcas de personasno residentes realizó Brasil el año pasado?

Según estadísticas oficiales referentes al año 2017, Brasil realizó 26.991 solicitudes de registro de marca de personas no residentes,lo que corresponde al 14,50% de las solicitudes del año.

2) ¿Cuál es su opinión acerca del Protocolo de Madrid?

Así como la mayoría de los profesionales de propiedad intelectual brasileños, no estoy en contra de la adhesión al Protocolo de Madrid, desde que ocurre con las debidas correcciones y modificaciones legislativas necesarias pues entiendo que eso haría el sistema brasileño de marcas más accesible a los solicitantes extranjeros y, así, estimularía la internacionalización de la economía nacional.

3) ¿La adhesión al Protocolo de Madrid afectará a su oficina?

Mi oficina actúa no sólo con solicitudes de registro de marca, sino también en diversos segmentos relacionados con la Propiedad Intelectual que no se verían afectados por la adhesión al Protocolo de Madrid. Actuamos en el área de derechos de autor, derechos de la personalidad, entretenimiento, mediación, contencioso judicial, elaboración de opiniones técnicas, patentes, biotecnología, acceso a recursos genéticos, contratos, entre muchos otros. De esta forma, estamos preparados para el caso de que Brasil adhiera definitivamente al Protocolo, principalmente porque contamos con profesionales competentes y calificados actuando en todas esas áreas de conocimiento, así como con vasto conocimiento sobre los detalles del Protocolo.

4) ¿Su oficina ya está preparada para realizar solicitudes a través del Protocolo de Madrid?

Como dije anteriormente, la oficina Di Blasi, Parente & Associados cuenta actualmente con profesionales calificados, que no solo estudiaron e investigaron acerca del Protocolo de Madrid y que, por lo tanto, ya están capacitados para actuar y recibir tales solicitudes cuando Brasil firme el Protocolo, pero que también están acostumbrados a participar en paneles, conferencias y eventos nacionales e internacionales sobre ese tema y todos aquellos que involucren propiedad intelectual.

5) ¿Cómo fue la experiencia de hablar del Protocolo de Madrid en el Congreso Nacional?

Para mí es siempre un placer presentar o moderar conferencias, pero me sentí extremadamente honrado y halagado, primero por haber sido invitado por la ASIPI para, en su nombre y como delegado del grupo brasileño, representarla en un evento de tanta importancia.
Cabe recordar que es por medio de la audiencia pública que se debaten los grandes temas de repercusión para nuestra sociedad, así como es la forma más democrática de diálogo entre el sector privado y el público. En ese sentido, tener la oportunidad de hablar en el Congreso Nacional para representantes de los más diferentes sectores de nuestra economía y para colegas especialistas en propiedad intelectual y diputados fue extremadamente gratificante y me trajo la sensación de deber cumplido.

6) ¿Usted cree que la adhesión al Protocolo de Madrid ocurrirá hasta 2019?

En el momento de esta entrevista (septiembre de 2018) se sabe que hasta pasadas las elecciones presidenciales nada debe decidirse. Después, solo el tiempo va a decir si tal asunto volverá al orden del día o si se dejará para la próxima legislatura. El tema viene siendo discutido hace más de 15 años en el país, y corresponde a nosotros participar en todas las discusiones públicas sobre el tema y aguardar la definición de los poderes representativos de nuestro país.

7) En su opinión, ¿cuáles son las mayores dificultades que el INPI debe afrontar, con la adhesión?

Entre otros, creo que las mayores dificultades que enfrentará el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de Brasil (INPI) se referirán a la comunicación interna ante la OMPI, a las cuestiones tecnológicas (compatibilidad de sistemas), además de cumplir el plazo para los análisis por debajo de los 18 meses, en el caso de que se produzca un aumento de la demanda. Así, sería importante que el INPI pudiera conquistar, también, su autonomía financiera.

8) ¿Por cuánto tiempo es válido un registro de marca vía Protocolo de Madrid? ¿Y uno nacional?

Un registro a través del Protocolo de Madrid tiene una validez de 10 años, con la posibilidad de sucesivos períodos de renovación, de acuerdo con los artículos 6 y 7 del Protocolo, así como también una solicitud nacional brasileña.

9) ¿Los costos de designar vía Protocolo de Madrid son los mismos de realizar una solicitud nacional?

El costo de una tasa de designación estándar es de 73 francos suizos, mientras que en el costo de la tasa de designación individual, el valor es fijado por cada país designado en cuestión, pero no puede ser superior al valor que tendría el registro de la marca directamente en la oficina de dichos países. En el caso de los pagos de tasa de designación estándar, también hay una tasa adicional de 73 francos suizos para cada clase de bienes y servicios que exceda la tercera. Sin embargo, ninguna tasa adicional se debe cuando todos los designados son aquellos en los que se paga una tasa individual. Además, la oficina de origen puede cobrar una tasa de manejo por el envío de la solicitud internacional a la oficina internacional.

10) ¿Quién forma parte del Protocolo?

Según datos de la OMPI, hasta el momento existen 101 adhesiones al Protocolo: 99 países, la Unión Europea y la Organización Africana de Propiedad Intelectual (OAPI). Creo que el Brasil, como un actor relevante en el escenario económico latinoamericano, al acceder al Protocolo estimulará a sus vecinos y demás países de Latinoamérica a adherirse.

11) ¿Por qué Brasil denunció en el pasado el Acuerdo de Madrid?

El Acuerdo de Madrid acerca del registro internacional de marcas fue denunciado y revocado por el decreto n.º 196 en el año de 1934, pues, según el texto suscrito por el presidente Getúlio Vargas, hubo «reiterados llamamientos de las clases productoras del país», resultado de una campaña sostenida por las asociaciones comerciales de Río de Janeiro y de San Pablo. El Protocolo llegó para perfeccionar el Sistema de Madrid.

12) ¿Cuántos países latinoamericanos ya han firmado el Protocolo de Madrid?

Brasil sería el quinto país latinoamericano en acceder al Protocolo: lo han hecho Colombia, México, Cuba y Antigua y Barbuda.

13) ¿Existe alguna exigencia para la intervención de un abogado nacional en el Protocolo de Madrid?

En el protocolo de Madrid, no es obligatorio. Sin embargo, entiendo la necesidad del Protocolo incluir en su texto el artículo 217 de la Ley Brasileña de la Propiedad Industrial que establece que un depositante extranjero, que no tenga domicilio en Brasil, debe nombrar y mantener un abogado debidamente calificado y domiciliado en el país, con poderes para representar administrativa y judicialmente, y para recibir citas.

14) ¿Es posible la copropiedad de una solicitud de marca realizada a través del Protocolo de Madrid? ¿Y la legislación nacional de Brasil?

Es posible que haya copropiedad de una marca a través del Protocolo de Madrid. La legislación brasileña no prevé, pero tampoco veta la posibilidad de una solicitud de registro de marca en copropiedad. Sin embargo, la práctica del INPI es rechazar la copropiedad.

 

Disponible en el suplemento de MarcaSur – Nº71 / Octubre-Diciembre 2018

Paulo Parente Marques Mendes. Es socio principal en Di Blasi, Parente & Associados. Su práctica de más de 30 ños cubre todos los aspectos de la propiedad intelectual, con un enfoque en las marcas y la competencia desleal. Presidente del Comité de PI de la OAB/RJ. Delegado del Grupo de Brasil de ASIPI. El puede ser contactado en: paulo.parente@diblasi.com.br

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